La UE aprueba la Ley de Restauración de la Naturaleza

El Consejo de Medio Ambiente de la UE ha aprobado formalmente este lunes 17 de junio en Luxemburgo la Ley de Restauración de la Naturaleza (LRN). Esta norma tiene por objeto establecer medidas para restaurar al menos el 20% de las zonas terrestres y marinas de la UE de aquí a 2030, y todos los ecosistemas que necesiten restauración de aquí a 2050. Según el comisario de Medio Ambiente, Virginijus Sinkevičius, el texto es “justo, equilibrado y sólido, adaptándose a las demandas de todos los actores y responde a una crisis en la biosfera”. Es una acción contra el cambio climático, básica también para los sistemas hídricos, la seguridad alimentaria, los bosques, la biodiversidad, en definitiva, una medida clave para el futuro”. Por su parte, la ministra de Transición Ecológica y Reto Demográfico del Gobierno de España, Teresa Ribera, ha comenzado criticando los procedimientos que se han seguido para el desarrollo y tramitación de la Ley de Restauración de la Naturaleza. Con respecto a las instituciones europeas perderían credibilidad si este texto no se aprobará hoy, tras el proceso complejo que ha seguido y con el apoyo que ha recibido por el Parlamento Europeo. “El sector primario, y nuestros agricultores, sobre todo, tienen un enorme desafío delante con el cambio climático y tienen una gran dependencia de la calidad de los suelos y la calidad de la biodiversidad. No aprobar esta ley sería un gran error y una gran amenaza para nuestros ecosistemas y la actividad agrícola. A algunos nos hubiera gustado recibir más respaldo social, pero lo importante es no dar marcha atrás y cerrar favorablemente esta ley, tras el respaldo favorable en el Parlamento Europeo y en los trílogos”, ha señalado Ribera. Por su parte, la ministra de Medio Ambiente de Austria, cuyo Gobierno se había mantenido hasta ahora en contra de la ley, ha votado a favor del texto cambiando así el resultado final. Asimismo, ha exigido contar con el apoyo de los agricultores, y ha pedido mayor flexibilidad para los Estados miembros para aplicar esta ley de forma adecuada a cada condición nacional, así como contar con mayor seguridad jurídica.

Cabe destacar que los únicos Estados miembros que han votado en contra de la Ley de Restauración de la Naturaleza han sido Italia, Hungría, Países Bajos, Polonia, Finlandia y Suecia. Además, Bélgica ha sido el único país que ha optado por la abstención, mientras que España, a través de la ministra Teresa Ribera, ha liderado el grupo mayoritario de los 20 países que han votado a favor.
Principales medidas de la LRN Este reglamento exige a los Estados miembros que establezcan y apliquen medidas específicas para restaurar los diferentes ecosistemas al menos el 20% de las zonas terrestres y marinas de la UE de aquí a 2030. En este sentido, abarca una serie de ecosistemas terrestres, costeros y de agua dulce, forestales, agrícolas y urbanos, como humedales, praderas, bosques, ríos y lagos, así como ecosistemas marinos. Hasta 2030, los Estados miembros darán prioridad a los lugares Natura 2000 a la hora de aplicar las medidas de restauración.
Los Estados miembros “deberán esforzarse por evitar un deterioro significativo de las zonas que hayan alcanzado un buen estado gracias a la restauración”. Por otro lado, para hacer frente a la pérdida de polinizadores en las últimas décadas, el Reglamento introduce requisitos específicos de medidas para invertir el declive de las poblaciones de polinizadores a más tardar en 2030.

Las medidas irán enfocadas a mejorar dos de los siguientes indicadores: la población de mariposas en los prados, las reservas de carbono orgánico en los suelos minerales de las tierras de cultivo y la proporción de tierras agrícolas con características paisajísticas de alta diversidad. El aumento de la población de aves forestales y la garantía de que no se produzcan pérdidas netas en los espacios verdes urbanos y la cubierta de copas de los árboles hasta finales de 2030 son también medidas clave de esta nueva ley. Según la ley aprobada, los Estados miembros deben planificar con antelación y presentar a la Comisión planes nacionales de restauración que indiquen cómo van a cumplir los objetivos. También deben supervisar sus avances e informar al respecto, basándose en
indicadores de biodiversidad a escala de la UE.

Impacto en España

Después de las numerosas protestas de los agricultores en Bruselas, España y toda Europa, y el resultado de esta votación sobre la LRN, el diagnóstico de los problemas del sector está muy claro: los legisladores de la UE han abandonado los objetivos de la PAC (seguridad y soberanía alimentaria, mercado interior fuerte frente a importaciones) y están dispuestos a cometer el suicidio de la no defensa de la soberanía alimentaria y de la asequibilidad de los precios. Además, la aprobación de esta Ley puede marcar un precedente muy peligroso y es que se ha aprobado aún a sabiendas de que no tiene presupuesto y que, incluso, la propia PAC podría acabar pagando esta Ley. Por otro lado, la inclusión de “tan solo” las zonas de Red Natura 2000 para su aplicación, hay que remarcar que para España afectará a casi el 40 % de la superficie total, donde la agricultura y la ganadería pueden pasar a ser actividades no rentables económicamente, lo que supondría automáticamente la pérdida de uno de los pilares fundamentales de la sostenibilidad: es decir, la sostenibilidad económica.

Por supuesto, la justificación de que serán los planes nacionales los que implementarán la LRN traerá consigo fuertes distorsiones de mercado -según lo que quieran o deseen implementar los gobiernos nacionales- y socavará uno de los principios fundamentales de la UE: el mercado común, con agricultores y ganaderos de primera y de segunda. Además, la no inclusión de cláusulas espejo o cláusulas de reciprocidad en el comercio internacional puede dejar en una situación muy desventajosa a la competitividad del mercado europeo frente a terceros países que no tienen que lidiar las medidas y restricciones de una ley como la de Restauración de la Naturaleza. Por último, la no eliminación de la cláusula de no deterioro -una vez que una zona haya sido recuperada- podrá llevar a situaciones tan ridículas como no poder acometer un arreglo de una carretera si pasa por tu finca tras unas inundaciones una vez esté recuperada la naturaleza; o poder levantar un cobertizo para refugiar el ganado si, por ejemplo, sufre  ataques de lobos.

 

Próximos pasos

El Reglamento se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor 20 días después. Será directamente aplicable en todos los Estados miembros, que deberán elaborar sus respectivos Planes Nacionales de Restauración, cuyo borrador será presentado 24 meses después de la entrada en vigor de la ley. Para ello, cuantificarán la superficie que debe restaurarse y tendrán en cuenta las condiciones de los hábitats a que se refieren los artículos 4 y 5 (ecosistemas marinos). Los proyectos de planes se evaluarán en un plazo de 6 meses a partir de su recepción. La Comisión adoptará actos de ejecución para establecer un formato uniforme de los planes nacionales de restauración. Los proyectos de actos de ejecución se presentarán 3 meses después de la entrada en vigor de la ley.

La revisión de los planes tendrá lugar antes de julio de 2032 y julio de 2042, y posteriormente cada 10 años. Los Estados miembros publicarán y comunicarán a la  Comisión sus planes nacionales de restauración revisados. Cada tres años se elaborarán informes sobre todos los ecosistemas y artículos mencionados entre los artículos 4 y 10. A más tardar 12 meses después de la aplicación, la Comisión presentará un informe al Consejo y al Parlamento sobre los recursos financieros disponibles a escala de la UE para la aplicación, la evaluación de las necesidades de financiación, los análisis de la identificación de las lagunas de financiación y, en su caso, formulará propuestas de medidas adecuadas, incluidas medidas financieras para colmar esas lagunas, como el
establecimiento de un instrumento de financiación específico, antes de la adopción del MFP posterior a 2027.

Hasta el 31 de diciembre de 2033, la Comisión revisará y evaluará la aplicación del Reglamento y sus repercusiones en los sectores agrícola, pesquero y forestal en cada Estado miembro, así como sus efectos socioeconómicos más amplios.

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